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Acerca de la NLRB

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Interferencia con los Derechos de los Empleados

Los empleados cubiertos por la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo tienen derecho a unirse para mejorar sus salarios y condiciones de trabajo, con o sin una unión.

Cuando un empleador o una unión interfiere con estos derechos, es una práctica ilícita de trabajo, y viola la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo. 

Si se presenta un cargo por prácticas ilícitas de trabajo en una Oficina Regional de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRB por sus siglas en inglés), se asignará un Agente de la Junta para investigar el caso. Si la Oficina Regional de la NLRB determina que hay mérito en el cargo, buscará remediar la conducta ilegal y restaurar la situación de los empleados a la que se encontraban antes de la conducta ilegal (por ejemplo, mediante la reincorporación, la compensación monetaria o la anulación de una regla o política).

En este enlace encontrará ejemplos de interferencias ilegales por parte de un empleador o una unión. Además de los ejemplos enumerados, también hay reglas, políticas, prácticas y acuerdos de empleo que pueden interferir con los derechos de los empleados y, por lo tanto, son ilegales. Estas políticas, aunque no se apliquen, pueden disuadir a los empleados de ejercer sus derechos bajo la ley laboral.

Por ejemplo, una regla en el manual del empleador o un acuerdo de empleo (incluyendo un acuerdo de indemnización) que prohíba a los empleados discutir o compartir información sobre sus salarios y condiciones de trabajo con sus compañeros de trabajo, una organización laboral o centro de trabajadores, los medios de comunicación, la NLRB o cualquier otra agencia gubernamental viola la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo. Si una regla o acuerdo puede incluso disuadir a los empleados de discutir o compartir información sobre sus condiciones de trabajo, puede que esta viole la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo.

La Abogada General de la NLRB también ha tomado la postura de que las siguientes políticas y prácticas pueden violar la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo:

  • Clasificación errónea (como contratista independiente, jugador u otra categoría de empleado excluido de la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo). Este memorándum tiene más información.
  • Acuerdos o cláusulas en acuerdos que restrinjan la movilidad (como cláusulas de no competencia, de no captación, estadía o pago o cláusulas de reembolso de capacitación, también conocidas como TRAPs por sus siglas en ingles). Este memorándum tiene más información.
  • Monitoreo electrónico y prácticas de gestión algorítmica, cuando tienden a interferir o impedir que un empleado razonable participe en una actividad protegida por la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo. Este memorándum tiene más información.

Si cree que un empleador o una unión está interfiriendo con sus derechos como empleado bajo la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo, puede llamar a su oficina regional de la NLRB al 844-762-6572 y obtener ayuda para presentar un cargo por prácticas ilícitas de trabajo, o presentar un cargo electrónicamente aquí.

Los empleados están protegidos por la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo, independientemente de su estatus migratorio y puede obtener más información sobre los derechos de los trabajadores inmigrantes aquí.

Esta página fue publicada por la Oficina de la Abogada General y representa las posiciones de la Abogada General. No ha sido revisado ni aprobado por la Junta. La información contenida aquí puede estar sujeta a excepciones, salvedades o limitaciones no declaradas, y puede dejar de ser fiable sin previo aviso por cambios subsecuentes en la ley.