Los Derechos del Empleado
A los empleados cubiertos por la Ley Nacional de Relaciones Laborales se les conceden ciertos derechos de poder organizarse en grupo para mejorar sus salarios y condiciones del trabajo, con o sin una unión o sindicato. Actividad Sindical
Actividad Sindical
Los empleados tienen el derecho de intentar formar un sindicato donde actualmente no existe ninguno, o de descertificar o retirar la certificación a una unión que ha perdido el apoyo de los empleados.
Algunos ejemplos de los derechos del empleado incluyen lo siguiente:
- Formar, o intentar formar un sindicato en su lugar de trabajo;
- Afiliarse a un sindicato ya sea que el sindicato sea o no reconocido por su empleador;
- Ayudar a un sindicato en organizar a sus compañeros de trabajo;
- Negarse a hacer alguna o todas estas cosas.
- Estar representado justamente por un sindicato.
Actividades fuera del Sindicato
Los Empleados que no están representados por un sindicato también cuenta con derechos bajo la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA, por sus siglas en inglés). La Junta Nacional de Relaciones del Trabajo, específicamente protege los derechos de los empleados a involucrarse o participar en “actividades concertadas”, las cuales ocurren cuando dos o más empleados toman acción para su ayuda o protección mutua en función a los términos y condiciones de empleo. Un solo empleado puede involucrarse también en actividades concertadas y protegidas si es que él o ella está actuando bajo la autoridad o consentimiento de otros empleados, presentando quejas de grupo a la atención del empleador, tratando de inducir acción de grupo, o buscando prepararse para una acción grupal.
Unos cuantos ejemplos de actividades concertadas protegidas son las siguientes:
- Dos o más empleados dirigiéndose a su empleador acerca de mejorar su salario.
- Dos o más empleados discutiendo asuntos relacionados con el trabajo más allá de la paga, tales como asuntos de seguridad.
- Un empleado hablándole a un empleador de parte de uno o más compañeros de trabajo acerca de mejorar las condiciones en el lugar de trabajo.
Mayor información, incluyendo descripciones de actividades concertadas de casos reales, está disponible en la página web de actividades concertadas protegidas.
¿Quién está amparado?
La mayoría de los empleados en el sector privado están amparados por la Ley Nacional de Relaciones Laborales. Sin embargo, la Ley específicamente excluye a las personas que son:
- empleados del gobierno federal, estatal, o local
- empleados como trabajadores agrícolas
- empleados para servicio doméstico de cualquier persona o familia en un hogar
- empleados por uno de los padres o cónyuge
- empleados como contratistas independientes
- empleados como un supervisor (supervisores que han sido discriminados por negarse a transgredir o violar la Ley Nacional de Relaciones Laborales podrían ser amparados)
- empleados por un empleador sujeto a la Ley Laboral Ferroviaria, tales como empleados de compañías de ferrocarriles/trenes y de
- empleados por cualquier otra persona que no es un empleador como se define en la Ley Nacional de Relaciones Laborales
Mayor información está disponible en la página web de estándares jurisdiccionales.
Para obtener información adicional:
Si tiene preguntas adicionales:
- Consulte nuestra página web de Preguntas Frecuentes.
- Revise nuestra sección interactiva sobre las leyes que están protegidas por los Derechos de los Empleados.
- Comuníquese con nuestra Oficina de Asuntos Públicos llamando al 202-273-1991 o con una de nuestras 26 oficinas regionales.
Si está listo para presentar un Cargo o Petición, puede hacer esto a través de la solicitud de presentación electrónica (E-File) de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo.