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Los Empleados de Santa Fe Fueron Compensados por la Coerción Ilegal del Concesionario de Autos en Contra del Apoyo a una Unión

La Oficina de Asuntos Públicos y del Congreso

202-273-1991

publicinfo@nlrb.gov

www.nlrb.gov

Phoenix, Arizona – El 16 de junio del 2021, la Región 28 de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo aprobó una estipulación de acuerdo formal que resuelve las alegaciones de que durante una campaña de organización sindical, Santa Fe T, LLC d/b/a Toyota Santa Fe, un concesionario de autos en Santa Fe, Nuevo México, hizo declaraciones coercitivas a sus empleados y se negó a contratar o volver a llamar a cinco empleados debido a su apoyo sindical y porque uno de ellos participó en una investigación de la NLRB. Ese mismo día, la Región 28 aprobó un acuerdo de elección consentida por separado permitiendo que la NLRB realice una elección para que los agentes de ventas de autos de la compañía voten sobre si desean ser representados por International Union of Machinists and Aerospace Workers, Local Lodge 794.

La estipulación de acuerdo formal permite que la Junta emita una orden que requiera el pago retroactivo completo y pago adelantado a los cinco empleados que no fueron contratados o llamados de vuelta y la publicación por parte de la compañía de un “Aviso para los Empleados” reasegurando a sus empleados que no va a interferir con sus derechos dentro de la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo e informándoles de las acciones que está tomando para resolver las alegaciones en contra de ello. El acuerdo también permite el cumplimiento de la orden del NLRB a través de una Corte del Circuito de Apelaciones de los Estados Unidos.

El acuerdo de elección consentida permite que el NLRB realice una elección de papeletas por correo entre los agentes de ventas de autos de la compañía. En el acuerdo, la compañía acordó publicar el Aviso para los Empleados junto con un aviso de elección y que renuncia a su derecho de hacer campaña en contra de la unión durante el periodo de la elección.       

La estipulación de acuerdo formal fue firmada por la compañía, la unión y dos empleados individuales que presentaron cargos en contra de la compañía, y el acuerdo de elección consentida fue firmado por la compañía y la unión. Basado en los acuerdos, una audiencia delante de un juez de ley administrativa del NLRB ha sido cancelada, la estipulación de acuerdo formal ha sido transmitida a la NLRB para medidas adicionales y la Región 28 conducirá una elección de la NLRB de acuerdo con los términos del acuerdo de elección consentida.      

“La Ley Nacional de Relaciones del Trabajo les da a los trabajadores el derecho de organizarse sin la coerción de ninguna parte,” dijo el Director Regional Cornele A. Overstreet. “Estoy contento de que los trabajadores y el empleador pudieron llegar a un acuerdo de conciliación y estoy orgulloso de mi equipo por conseguir ese acuerdo.”

Establecida en 1935, la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo es una agencia federal independiente que protege a los empleados, empleadores y uniones, de prácticas injustas en el trabajo y protege los derechos de los empleados del sector privado para unirse, con o sin unión, para mejorar los sueldos, beneficios y condiciones en el trabajo. El NLRB conduce cientos de elecciones en el lugar del trabajo e investiga miles de cargos por prácticas injustas en el trabajo cada año.  La Región 28 sirve a Arizona, Nuevo México y partes de Texas y Nevada desde su Oficina Regional en Phoenix y Oficinas Residentes en Las Vegas y Albuquerque.