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La Corte confirma el triunfo de la Región 31 en la Junta en el caso de Terranea Resort

La Oficina de Asuntos Públicos y del Congreso

202-273-1991

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www.nlrb.gov

Los Angeles, California – El 14 de mayo de 2021, la Corte de Apelaciones del Circuito de D.C., de los Estados Unidos hizo cumplir la Decisión y Orden de la Junta Nacional de Relaciones de Trabajo en DH Long Point Management LLC, 369 NLRB No. 18 (2020).  En ese caso, la Junta dictaminó que el empleador, el cual opera el lujoso Terranea Resort de 600 cuartos en Rancho Palos Verdes, disciplinó y despidió ilegalmente un sous chef junior en uno de los restaurantes del resort, en represalia por sus actividades en apoyo a UNITE HERE Local 11.

La Corte ratificó la decisión de la Junta indicando que el Empleador había despedido al sous chef junior en retaliación por sus actividades con la unión.  La corte encontró “amplia evidencia” que confirmó esta decisión, incluyendo que la presidente del empleador había dicho que sólo sobre su cadáver permitiría la entrada de la unión; que el empleador llevó a cabo una investigación rápida y eludió la política de disciplina progresiva; que el sous chef junior fue disciplinado más severamente que a otro empleado igualmente culpable; y que los supervisores hicieron declaraciones falsas y engañosas durante la audiencia.   

Al rechazar el argumento del empleador de que el empleado era un supervisor en conformidad con la Ley Nacional de Relaciones de Trabajo, la Corte aceptó la determinación de la Junta que el empleador no pudo demostrar que la posición de sous chef junior ejercía un criterio independiente.  Al contrario, la evidencia indicó que el sous chef junior ejercía su juicio de acuerdo a las recetas y procedimientos establecidos por sus superiores.  Aun cuando los sous chef junior supervisaban la línea de producción en la cocina, revisaban los platillos y a veces monitoreaban la cocina por ellos mismos, el hecho que lo hacía de acuerdo con instrucciones detalladas los despojaba de un criterio independiente.

La decisión de la Junta le ordenó al empleador ofrecerle al empleado una reincorporación plena, compensarlo por sueldos perdidos y publicar una Aviso a los Empleados el cual informa a sus empleados sobre su derecho a organizarse para mejorar su lugar de trabajo.

“Estoy feliz de ver que la Corte estuvo de acuerdo con la decisión bien fundamentada de la Junta, la cual confirma la importancia de proteger los derechos de los empleados bajo la Sección 7 de la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo,” dijo la Directora Regional de la Región 31 Mori Rubin.  “Me complace saber que la Corte protegió el derecho fundamental de los empleados de sindicalizarse y unirse en su lugar de trabajo.  Además, agradezco el excelente trabajo de la Región y de la oficina de Apelaciones y Litigio de la Corte Suprema al litigar el caso ante la Junta y obtener el cumplimiento en el Circuito de D.C.”

Establecida en 1935, la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo es una agencia federal independiente que protege a los empleados, empleadores y uniones de prácticas ilícitas de trabajo y protege el derecho de los empleados del sector privado a unirse, con o sin unión, para mejorar salarios, beneficios y condiciones laborales. La NLRB conduce cientos de elecciones en lugares de trabajo e investiga miles de cargos por prácticas ilícitas de trabajo cada año.