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Spanish Public Information Program ULP

JUNTA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO CASOS DE PRACTICÁS ILÍCITAS EN EL TRABAJO

NUESTROS SERVICIOS NUESTRAS NORMAS

Junta Nacional de Relaciones del Trabajo 
1099 14th Street, NW
Washington, DC 20570-0001
www.nlrb.gov

 

CASOS DE PRACTICÁS ILÍCITAS DE TRABAJO ANTE LA JUNTA NACIONAL DE RELAClONES DEL TRABAJO

Lo Que Puede Esperar Cuando Se Presenta Un Cargo En General

• La parte que presenta el cargo se llama la “parte querellante.” El patrono o el sindicato contra quien se presenta el cargo se llama la “parte querellada.”

• Nosotros llevaremos a cabo una investigación del cargo y obtendremos las declaraciones necesarias de testigos y otra evidencia necesaria mediante la cual se decidirá el cargo.

• Entre otras cosas, la parte querellante debe estar preparada para proveernos los detalles de acontecimientos necesarios, e incluso las fechas, horas, lugares, y los nombres de testigos. Se le podría solicitar a la parte querellante que nos provea evidencia y/o información adicional a medida que progrese la investigación.

• Se le solicitará a la parte querellada que nos provea la información relevante y, si la evidencia lo merita, se le pedirá que ponga a nuestra disposición sus testigos para entrevistarlos. Se le puede solicitar a la parte querellada que nos provea evidencia y/o información adicional a medida que progrese la investigación. Donde sea apropiado, les explicaremos a las dos partes las cuestiones que hayan suscitado en el caso. Podríamos pedirle a las partes que nos sometan sus alegatos legales.

• Completaremos la investigación, decidiremos si el caso tiene mérito y pondremos en vigor nuestra decisión lo más pronto posible, permitiendo que se lleve a cabo una investigación minuciosa y completa.

• Se espera que todas las partes nos sometan su evidencia con prontitud para que nosotros podamos completar la investigación a debido tiempo. Podríamos darle a una parte un plazo para someter su evidencia y alegatos. Haremos todo lo posible por ser flexibles, de acuerdo con nuestra obligación de completar la investigación a debido tiempo.

• El tiempo que nos tome decidir si un caso tiene mérito varia de acuerdo con la cantidad de casos que tengamos, la distancia entre la oficina de la Junta y el lugar de la disputa, la prioridad del caso (y la de los otros casos en la oficina de la Junta), el número de testigos para entrevistar, y la complejidad de las cuestiones legales y de hechos que hayan suscitado. Preferimos tomar un poco más de tiempo para completar la investigación si lo es necesario para hacer una buena labor. Desde el momento que un cargo es presentado, usted puede esperar que se complete la investigación necesaria y que se haga una determinación regional, de manera que la decisión pueda ser implementada en un plazo de 7 a 12 semanas, de acuerdo con el impacto que tenga el caso al publico.

• Evaluaremos los casos para determinar si debemos solicitar una orden de un tribunal federal para detener las alegadas prácticas ilícitas de trabajo temporalmente hasta que la Junta pueda decidir el caso.

• Después de una investigación, aproximadamente el 65 por ciento de todos los casos de prácticas ilícitas del trabajo se desestiman o se retiran voluntariamente por falta de mérito. En los demás cargos se hace el mayor esfuerzo para resolver los casos a través de un acuerdo apropiado. Hemos tenido éxito en lograr acuerdos en tales casos el 86 por ciento de las veces.

Cuando Se Emite Una Decisión Que El Cargo No Tiene Mérito

• Si el (la) Director(a) Regional decide que el caso no tiene mérito, le explicaremos las razones a la parte querellante y le ofreceremos una oportunidad para retirar el cargo. Si la parte querellante lo prefiere, el (la) Director(a) Regional desestimará el cargo, dándole o no las razones en detalle, de acuerdo con el deseo de la parte querellante, quien puede apelar. La carta de desestimación le informará a la parte querellante cómo presentar tal apelación.

• Desde el momento que un cargo es presentado, usted puede esperar que en los casos no meritorios el retiro del cargo será aprobado o una carta de desestimación será emitida dentro de 7 a 12 semanas de acuerdo con el impacto que el caso tenga al público.

• Si la parte querellante apela la desestimación, la Oficina de Apelación del Asesor Legal General en Washington, D.C. revisará completamente toda la evidencia y al tomar una decisión le dará toda consideración a los argumentos de la parte querellante. El lapso de tiempo antes de que se emita la decisión sobre la apelación variará dependiendo en un número de factores, incluso la cantidad de documentos que deban ser analizados y la complejidad de las cuestiones.

Cuando Se Decide Que El Cargo Tiene Mérito

• Si se decide que el cargo tiene mérito, le explicaremos la decisión a la parte querellada y le ofreceremos una oportunidad de transar antes de que se emita una querella formal. Continuaremos tratando de resolver el caso después de haber emitido la querella. Además, usted deberá traer a nuestra atención las posibilidades de llegar a un acuerdo, a medida que las mismas surjan.

• Desde el momento que primeramente se presente el cargo, puede esperar que se emita una querella, o que se logre un acuerdo o arreglo, por lo regular dentro de 7 a 12 semanas, de acuerdo con el impacto que el caso tenga al público.

• Si el cargo se lleva a juicio, un abogado de la Junta preparará el caso y lo presentará a un juez de tribunal administrativo de la Junta (JTA). Las otras partes en el caso pueden estar presentes, pueden ser representadas por abogado si así lo desean, y pueden examinar testigos y presentar evidencia relevante. El lapso de tiempo a llegar al juicio variará dependiendo en un número de factores, incluso cuántos otros casos estén fijados para juicio. Después que el juicio concluya, el JTA emitirá una decisión escrita y su recomendada orden, la cual puede apelarse a la Junta en Washington y finalmente a los tribunales federales. El lapso de tiempo antes de la emisión de las decisiones del Juez y de la Junta variará dependiendo de un número de factores, incluso la duración del juicio y la complejidad de las cuestiones.

Lo Que Estamos Haciendo Para Mejorar Nuestros Servicios

• Presentemente evaluamos todos los cargos para determinar si se justifica solicitar un decreto judicial para detener temporalmente las prácticas ilícitas de trabajo alegadas hasta que la JNRT pueda decidir el caso.

• También evaluamos los casos para determinar si se le debe dar mayor prioridad a ciertos casos para procesarlos con mayor rapidez.

• Estamos conduciendo encuestas entre nuestros clientes para conocer sus opiniones sobre lo que se debe mejorar y lo que podemos hacer para mejorar. Podremos hacer encuestas suplementarias de ser necesario.

• Cuando una de nuestras oficinas se atrasa en el procesamiento de casos, podemos reasignar algunos casos a otra de nuestras oficinas y transferir temporalmente a nuestros empleados para ayudar a reducir el número de casos pendientes.

• Se les ha dado más amplia discreción de procedimiento a los Directores Regionales para poder reducir demora.

• Continuamos analizando otras maneras de mejorar nuestro desempeño en todas las etapas del procesamiento de casos.

• Agradecemos sus comentarios sobre los servicios que brindamos. Puede comunicarse con nosotros a la dirección que aparece en el dorso de este folleto.

EN CUALQUIER OCASIÓN QUE SE COMUNIQUE CON LA JUNTA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

• Lo atenderemos con cortesía.

• Trataremos de contestar sus preguntas sobre el caso, conforme con los derechos de confidencialidad de otras personas y con la Ley de Privacidad.

• De ser necesario, le proveeremos servicios bilingües si nos informa de tal necesidad con anterioridad.

• Proveeremos trato igual a todas las personas sin tener en cuenta raza, sexo, religión, origen nacional, edad, afiliación política, orientación sexual o incapacidad. Nuestras instalaciones son accesibles a personas con incapacidad. Atentaremos acomodar a personas con incapacidad. Por favor, déjenos saber si necesita acomodación.

• Si lo desea, puede ser representado por un abogado u otro representante de su preferencia.

PREGUNTAS, QUEJAS Y COMENTARIOS SOBRE NUESTROS SERVICIOS

Por favor, envíenos cualquier comentario que usted tenga sobre nuestros servicios o sobre la información en este folleto por correo regular o correo electrónico a una de nuestras oficinas locales.

Para localizar nuestra oficina mas cercana, vaya al www.nlrb.gov, seleccione las palabras en azul “Local NLRB office” o mire en su guía telefónica local bajo United States Government, National Labor Relations Board.

La dirección de nuestra oficina central es: 
NLRB – Office of Public Affairs 
1099 14th Street. NW, Room 11556
Washington. DC 20570-0001